miércoles, 23 de enero de 2013

Ahorre espacio con un elevador para vehiculos

Ambito de aplicación del elevador de Vehículos

Aparato de elevación equipado de dispositivos soportes de carga guiados, destinados a la elevación de los madios de transporte terrestres, tales como automóviles, motocicletas, camiones, autobuses, tranvías, vehículos sobre carriles, carretillas industriales y similares, denominados vehículos, y diseñados para trabajar sobre o bajo la carga. El guiado de los dispositivos soportes de carga deberá estar asegurado por la estructura portante.

Normativa aplicable

Real decreto 1644/2008, sobre comercialización y puesta en servicio de máquinas, en vigor desde el 29 de Diciembre de 2009
Une en 1493: Elevadores de vehículos
Real decreto 1215/1997, de disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, para las máquinas, puestas en servicio en la UE, con anterioridad a 1/1/1995

Proceso para el marcado de máquinas

El fabricante de la máquina deberá aplicar las normas de seguridad de  máquinas que correspondan y posteriormente elaborará la siguiente documentación:

1. Expediente técnico
2. Manual de instrucciones
3. Declaración CE de conformidad
4. Marcado CE de la máquina

El fabricante entregará al comprador de la máquina la documentación citada en los ptos.

Al ser elevadores de vehículos, máquinas relacionadas en el anexo IV del RD 1644/2008, deberá presentarse la documentación arriba mencionada a un ON y deberá citarse en la Declaración CE de Conformidad.

Mas información Web: elevador coches

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